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Agencia o distribución: el error que cambia quién asume el riesgo

El error más común no es elegir mal: es que el contrato diga una cosa mientras la operación funciona de otra manera.

Se usan como sinónimos en la conversación diaria, pero en el papel no lo son. Firmar un contrato de agencia comercial cuando la operación real es de distribución, o al revés, crea obligaciones que ninguna de las dos partes acordó conscientemente.

Todo se reduce a quién pierde si no se vende

En la distribución, el distribuidor compra el producto y lo revende por su cuenta: si no vende, el que pierde es él. En un contrato de agencia comercial, el agente solo intermedia a cambio de comisión y no asume ese riesgo. Esa diferencia, que parece contable, es la que define después quién es dueño de la cartera de clientes y qué se debe al terminar.

CriterioDistribuciónAgencia comercial
Compra el productoNo
Asume el riesgo de reventaNo
RecibeMargen de reventaComisión
Dueño de la cartera de clientes, por defectoEl distribuidorDepende de lo pactado con el principal

Cuando el papel dice una cosa y la operación hace otra

El error más común no es elegir mal: es que el contrato diga “agencia” mientras la operación funciona como distribución, o viceversa. Ante un conflicto, lo que se analiza es la realidad de la relación, no la etiqueta del documento. Ahí es donde aparecen compensaciones que la empresa nunca presupuestó.

Cómo evitarlo

La pregunta que ordena todo es simple: ¿quién asume el riesgo de que el producto no se venda? Responderla con honestidad, y luego redactar el contrato de agencia comercial o de distribución en consecuencia, evita el conflicto antes de que exista.

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